En medio de uno de los inviernos más revueltos, por viento y lluvia, en Europa Occidental de las últimas décadas, un reciente estudio publicado en la revista Nature Climate Change ha vuelto a confirmar lo que se viene señalando, por diversos organismos y especialistas.
Durante los últimos años en relación con el incremento de episodios de inundación en Europa y el aumento importante de las pérdidas económicas que ello va a suponer. Un equipo de investigadores de la Universidad Libre de Ámsterdam y del Join Research Center de la Comisión Europea, ha calculado que los daños por inundaciones en territorio europeo pueden multiplicarse por cinco de aquí a 2015, si no se ponen en marcha medidas de reducción de gases de efecto invernadero y actuaciones de defensa (estructurales y no estructurales) ante las crecidas fluviales.
En la última década las pérdidas causadas por las inundaciones en Europa ha supuesto 4,9 billones de euros cada año. Esta cifra se incrementaría hasta los 25 billones de euros anuales a mediados del presente siglo. Los autores señalan, asimismo, la necesidad de aumentar el nivel de aseguramiento de los ciudadanos ante este tipo de eventos naturales extremos, como medida de mitigación inicial del impacto de pérdidas que originan las inundaciones.
Pero eso sólo no basta. Será necesario activar programas de reducción de inundaciones mediante obras de infraestructura hidráulica (presas de laminación, encauzamientos, canales de derivación de crecidas) y, sobre todo, actuaciones de ordenación territorial que impidan la ocupación de espacios de riesgo de inundación. Éstas últimas son las que menos se han desarrollado, hasta ahora, en el conjunto de Europa.
Normalmente ante un evento catastrófico, las administraciones han respondido poniendo en marcha obras de defensa en las poblaciones o territorios afectados. La Directiva europea 60/2007 ha supuesto un cambio en la manera de actuar. Ahora interesa más la reducción de la vulnerabilidad y la exposición al riesgo de inundación; es decir, evitar que se ocupen aquellos espacios que se sabe de riesgo y que la planificación territorial y urbanística no ha tenido en cuenta para declararlos “no urbanizables”. En nuestro país, se dio un primer paso importante con la aprobación de la Ley del Suelo de 2008 que señaló que las áreas con riesgo de inundación se debía clasificar de este modo, es decir, no aptas para la urbanización. Y fue un poco más allá: obligó a que en todos los planes de urbanismo que se aprobaran a partir de esa fecha, se incorporara un mapa de riesgos naturales donde quedará manifiesto la ubicación de esas áreas de riesgo.
El problema es que la adaptación de esta ley estatal a la legislación del suelo de las Comunidades Autónomas va más lento de lo debido y en estas condiciones su cumplimiento no está siendo el óptimo. Debe recordarse que por encima de los intereses, de particulares o de la propia Administración, para desarrollar nuevos espacios urbanos en un municipio o en un espacio regional, está la salvaguarda de la vida de las personas y de sus bienes. Se suceden, pues, los estudios, como el mencionado, que nos avisan del incremento de inundaciones y daños en las próximas décadas. Ya no hay excusas para no poner en marcha soluciones.
Jorge Olcina
Catedrático de Análisis Geográfico Regional
Universidad de Alicante